La regulación que viene: LMVSI, MiFID III, DORA y aplicación de la normativa ‘green’

Los cambios normativos que afronta la industria de la gestión de activos son muchos y variados, tanto por el lado de la propia gestión como del asesoramiento. Desde los nuevos cambios en la nueva Ley del Mercado de Valores y Servicios de Inversión (LVMSI), como el desarrollo de MiFID III, pasando por las novedades en la normativa para las EAF, el nuevo reglamento de Resiliencia Operacional Digital (DORA) y el paulatino despliegue de los criterios ASG (Ambiental, Social y Gobernanza) en las inversiones.

Toda esta abundante regulación es analizada en el Congreso Anual 2023 de la Asociación Española de Empresas de Asesoramiento Financiero (Aseafi), celebrado en Madrid de la mano de Mapfre AM, Eurizon, Natixis y Columbia Threadneedle. En el encuentro, además de abordar temas normativos de plena actualidad, también se debatió de tendencias de inversión, se expusieron ideas de inversión y se habló de las perspectivas macroeconómicas de cara a los próximos meses.

 

Novedades en la normativa en las EAF (nacionales y ESI)

Uno de los paneles más esperados es, sin duda, el que aborda las novedades de la normativa en las Empresas de Asesoramiento Financiero (EAF) nacionales y las Empresas de Servicios de Inversión (ESI) impartido por Mario Nevares, supervisor de ESIS en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Y es que, el sector de las EAF se enfrenta a un importante cambio normativo con la nueva Ley del Mercado de Valores y Servicios de Inversión, que actualmente se encuentra en fase de desarrollo en algunos puntos.

“Lo más relevante de esta nueva normativa son los cambios en materia de solvencia, que antes se pedía un requisito de 50.000 euros y ahora pasa a ser de 75.000 con una subida gradual de 5.000 euros al año, pero esto no afecta a la EAF que son personas físicas, para las que se ha creado un régimen nacional mediante el cual se puede seguir operando en España, pero no se tiene pasaporte europeo y se pierde la categoría de ser ESI”, comenta Nevares.

Además, las EAF nacionales tendrán que estar sujetas a las tasas de conducta y de supervisión prudencial, “pese a que no están sujetas a la normativa de solvencia”, agrega el supervisor de la CNMV. Con la nueva LVMSI también será obligatorio que se adhieran al FOGAIN y abonar 800 euros por servicio asesorado.

Otro de los cambios que se aplican con la nueva normativa afecta a los agentes. “Las EAF personas físicas no van a poder tener estos perfiles, mientras que las jurídicas mantienen el mismo sistema que hasta ahora. La diferencia es que aquellas que sean ESI sí podrán tener agentes que realicen asesoramiento financiero”, aclara el experto de la CNMV.

Por último, también hace hincapié en los servicios que se podrán asesorar, “en el Real Decreto, que está por salir, se incluye el asesoramiento sobre valores negociables, pero también sobre acciones y participaciones de inversión colectiva. Desde la CNMV hemos pedido, asimismo, la inclusión de elementos monetarios como las letras del Tesoro”.

 

Uno de los paneles del Congreso Anual de Aseafi también trata esta normativa. Como punto crítico, Jorge Fernández, director Financial Services Legal & Regulatory Practice Spain de EY, lamenta que dentro del universo de activos bajo asesoramiento por parte de las EAF nacionales “se hayan quedado fuera los activos alternativos”. Por ello, invita a la industria a “seguir trabajando para saber qué va a venir y cómo quedará finalmente todo esto”. Por su parte, Sara Gutiérrez, cofundadora y socia de finReg360, reconoce que está ley hará que las Empresas de Asesoramiento Financiero nacionales tengan que plantearse su modelo de negocio ya que al no contar con el pasaporte europeo “las puede limitar especialmente y van a verse obligadas a tener claro el ámbito de actuación donde quieren operar”.

MiFID III y las retrocesiones

Fuera de las fronteras españolas, lo que está por venir es MiFID III con una serie de cambios importantes, especialmente por el lado de las retrocesiones. Y es que estos pagos que reciben los intermediarios financieros, como los asesores o gestores de fondos de inversión, por colocar los productos financieros de una determinada entidad o por mantenerlos en cartera han sido notablemente modificados en la nueva normativa. Así, las referentes a la comercialización han quedado prohibidas, lo que supone la mitad de las recibidas en España, mientras que se mantienen aquellas comisiones por servicio de asesoramiento.

“En diciembre de 2022, se hizo público que la línea en la que se estaba trabajando era la prohibición total de las retrocesiones. Sin embargo, ahora se ha pasado de esto a una prohibición cuasi total. Ahora, quedan prohibidos todos los incentivos para los servicios de recepción y transmisión y ejecución de órdenes, señala el director Financial Services Legal & Regulatory Practice Spain de EY. Advierte, además, que dentro de tres años se revisará la norma de nuevo, “porque se está trabajando en la prohibición total de incentivos para evitar conflictos de interés.

Otra de las novedades de MiFID III tiene que ver con el concepto de ‘value for money’. “Lo primero que se va a tener que justificar es que los productos se ofrezcan, en este caso asesoramiento, tengan un coste que es proporcional al beneficio que va a obtener el cliente”, afirma la socia de finReg360. Esto se hará con unos benchmark creados por las autoridades, “con lo cual, una de las consecuencias, será que cuando se preste un servicio de asesoramiento, se asesorará sobre los productos que tengan un coste y performance competitivo según estos criterios”.

En cuento a la información vital y costes y gastos, Jorge Fernández explica que la normativa europea “entiende que el cliente tiene un exceso de información y ha decidido crear un nuevo documento, llamado ‘información vital’, donde se recogen las principales características del producto. Por otro lado, para los costes y gastos, el experto de EY indica que se creará un modelo homogéneo.

Por último, y tal y como añade Sara Gutiérrez, también se obligará a los asesores a analizar una gama más amplia de productos para recomendar el más idóneo a los clientes, “que será aquel que sea más barato en costes”. Esto “puede generar que la industria vaya hacia la simplificación de los productos para hacerlos más baratos y competitivos, algo que no siempre es bueno”, concluye.

 

DORA: la regulación digital también llega

El Reglamento de Resiliencia Operacional Digital (DORA – Digital Operational Resilience Act) es una regulación de la Unión Europea que busca establecer un marco común para la gestión del riesgo digital en el sector financiero de la Unión Europea. Esta normativa tiene como objetivo principal promover la resiliencia operativa y la capacidad de recuperación de las entidades financieras frente a posibles ciberataques, interrupciones y otros eventos adversos relacionados con la tecnología. Un marco normativo que tiene diversas implicaciones, tal y como analizan María Vidal, socia de Protección de Datos y Nuevas Tecnologías de finReg360, y José Benavent, director de Organización y Compliance de Alter Software.

Esta norma afecta a todas las entidades financieras y prestadores de servicios de tecnología de estas y se aplicará en función de los criterios de proporcionalidad de tamaño de las empresas. Persigue “crear unos requisitos uniformes”, aunque “es una norma complicada y compleja y recoge mucho contenido desde el punto de vista técnico”, señala Vidal.

El objetivo de DORA es mitigar los riesgos tecnológicos a los que se enfrentan estas entidades. “Se tendrán que establecer no solamente controles internos, sino que también testar los servicios que otros nos proporcionan, cambiar los contratos y tener todo documentado para informar a la autoridad”, agrega la experta de finReg360.

El director de Organización y Compliance de Alter Software también coincide en la complejidad de esta norma, “que obliga a tener un marco de gestión TIC y esto, a su vez, se traduce en que voy a tener que; identificar el riesgo en mi empresa, establecer sistemas de prevención y protección de esos riesgos y ser capaz de actuar ante estas situaciones de riesgo y, además, se lo tengo que comunicar al regulador”.

 

Advierte de que “DORA exige hacer un análisis de todos los procesos que intervienen dentro de la actividad y establecer sistemas de protección. Las empresas tendrán que ser capaces de minimizar esos riesgos. Analizar la dependencia con los proveedores y crear un plan de continuidad de todos los procesos de la empresa, entre otras cosas”.

 

‘Green MiFID’ y el reto de trasladar la inversión sostenible al cliente

En agosto de 2022 entró en vigor la conocida como ‘green MiFID’, una normativa mediante la cual los asesores financieros deben preguntar a los clientes sobre sus preferencias de sostenibilidad. Un aspecto nada baladí y que tiene implicaciones en la gama de producto que posteriormente se les proporciona. “El asesor tiene que ofrecer al cliente tres alternativas de inversión, en caso de que este responda de manera positiva a tener preferencias de sostenibilidad. La primera gama son aquellos productos que tengan en cuenta las Principales Incidencias Adversas (PIAs). Además, también hay que ofrecerle otro bloque con productos que tengan inversiones sostenibles conforme al reglamento de divulgación ya publicado. Por último, también hay que ofrecer alternativas de inversión en productos que tengan en cuenta la taxonomía”, explica en esta ponencia Úrsula García Giménez, socia responsable de finanzas sostenibles de finReg360.

Aunque, tal y como señala la experta, el problema está en que no existe suficiente gama de producto. “Entonces se da el problema de tener que explicar al cliente que no existen apenas fondos que tengan en cuenta la taxonomía europea”, agrega.

Por todo ello, recomienda a los asesores financieros “ser didácticos y explicar punto por punto y de manera no técnica todo lo que tiene que ver con la inversión sostenible”. Y es que, además, “también se va a prestar atención al tipo de test que se hace”. En este punto aconseja “optar por preguntas muy granulares que tengan en cuenta todo lo dicho, aunque no haya producto que ofrecer”. Algo fundamental ya que para este agosto todos los clientes deberían estar reperfilados, recalca.

 

Si te perdiste el Congreso Anual 2023 de Aseafi aquí puedes verlo para profundizar sobre estas tendencias y conocer cómo está la regulación e ideas de inversión.

 

 

 

 

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Sobre ASEAFI

ASEAFI desde su creación en 2010 ha luchado por representar al sector de las EAFIS bajo la premisa de que la unión hace la fuerza, y trasladando esa unidad en sus relaciones de mercado y con el regulador.

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