- El pasado 27 de octubre de 2016 la Dirección General de Tributos se ha pronunciado ante las consultas planteadas por una EAFI persona física en relación con los siguientes asuntos: (i) cuál es el epígrafe de las tarifas del IAE en la que debe matricularse por el desarrollo de su actividad y (ii) determinar si los rendimientos de actividades económicas que percibe por razón de su actividad se encuentran sujetos a retención en el IRPF.
- Esta consulta puede resultar de interés para las EAFI ya que la DGT marca el criterio para saber si la actividad desempeñada por la EAFI tiene carácter empresarial o profesional y, según sea el caso, encuadrar la actividad desarrollada en el epígrafe correspondiente. Por otro lado, en función de cuál sea la actividad desempeñada, la DGT aclara si los rendimientos percibidos por razón de su actividad están sujetos a retención a cuenta del IR.
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